Nuevos beneficios fiscales para empresas colaboradoras con el Foodback

Abril 2024

Las aportaciones de frutas y hortalizas al Foodback se consideran donaciones en especie a la Fundació Banc dels Aliments.

El 1 de enero entró en vigor la nueva Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo), que incorpora algunas mejoras e incentivos para los donantes particulares o empresas y que afectarán a las donaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2024. En este punto, se incluyen las aportaciones de producto fresco que realizan las empresas que colaboran con la Fundació Banc dels Aliments a través del Foodback, el Centro de Aprovechamiento Alimentario de Mercabarna.

Beneficios fiscales

Las empresas tendrán derecho a una deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades. Se trata de una desgravación del 40% (antes 35%), que será del 50% (antes 40%) si se realizan donativos por importe igual o superior a favor de la misma entidad durante 3 años. Para poder beneficiarse de las deducciones es necesario que se acredite la donación realizada por parte de la empresa donante y la entidad beneficiaria, en este caso la Fundació Banc dels Aliments.

Más información sobre el procedimiento

Foodback, el Centro de Aprovechamiento Alimentario