El sector del pescado analiza la comercialización del boquerón
El tema principal del encuentro fue el cumplimiento de las normativas que establecen la longitud y el peso mínimo que debe tener esta especie para ser comercializada. Y es que, según el Real decreto 560/1995 y el Reglamento (CE) 2406/96, no se puede vender boquerón que no supere los 9 centímetros de longitud y tenga un gramaje mínimo de 125 unidades por kilo. Tras conocer las impresiones del sector, se acordó hacer nuevas reuniones para seguir hablando sobre los avances en este tema.