Novedades en el registro sanitario de las empresas alimentarias

El Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, donde están inscritas todas las empresas que se dedican a la actividad alimentaria, se ha modificado, según el Real Decreto 191/2011 aprobado el 18 de febrero, con el objetivo de adaptarse a la normativa europea y simplificar los procedimientos de registro de las empresas de este sector.

La novedad más importante que aporta esta normativa, especialmente para las compañías que operan en Mercabarna, es la desaparición de las convalidaciones periódicas obligatorias. Y es que, hasta ahora, las empresas alimentarias estaban obligadas cada 5 años a renovar la inscripción en este registro para seguir operando, lo que conllevaba presentar nueva documentación y abonar unas tasas.

Con la nueva normativa, una vez registradas, las empresas sólo tendrán que comunicar a la Administración las modificaciones de sus datos o cambios en su actividad.

Además, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ha elaborado un nuevo catálogo de clasificación de las diferentes actividades alimentarias, según el cual siempre que es posible se otorga un único número de registro a las firmas que desarrollan más de una actividad, una medida que les permitirá simplificar papeleo.
Para más información sobre los efectos de este cambio de normativa, contacte con el Instituto de Seguridad Alimentaria: isal(ELIMINAR)@aspb.cat o 93.202 92 00.